Hoy, por desgracia, me he topado con una imbécil, a la que al exponerle educadamente que su perro no podía mear y cagar en medio de la acera y dejar la suciedad allí, me ha respondido: "mi obligación es solamente recoger las cacas, dejar el meado está permitido, así que deja de agobiarme". Está demás decir que intentar discutir con una persona tan estúpida está lejos de toda lógica, puesto que son gente alienada, que piensa que su animal y las molestias que ocasionan son algo que todos debemos soportar. Lamento profundamente que haya gente así, porque son una molestia y un incordio para el resto de ciudadanos, son gentuza que detesta el orden, la limpieza y que no respetan las reglas ni leyes.
Y también afectan desde el punto de vista sanitario y turístico a nuestra querida ciudad: no hay acera sin meados a cada 5 pasos. Prácticamente todos los rodales de los edificios están meados, los comerciantes están hartos de intentar poner freno a ello poniendo azufre, sosa cáustica en polvo, detergente en polvo, botellas con agua, veneno para caracoles (esto está totalmente prohibido, ya que si el animal huele o lame el veneno posiblemente tenga graves problemas de salud, incluso la muerte, y el animal no tiene la culpa, sino el dueño por permitirlo) y productos repelentes especiales. Todo ello cuesta dinero, trabajo y esfuerzo a gente que no tiene nada que ver con los animales, ¿esto es justo y se debe tolerar y permitir?. Los comercios pierden clientes por esto, ya que mucha gente prefiere ir a pasear y comprar a los centros comerciales, totalmente pulcros por la prohibición de ir allí con animales, que comprar en comercios del barrio, donde el cliente tiene que ir sorteando la suciedad de las aceras, donde se mezclan meados, cacas, restos de cacas y demás suciedades dejadas por otros guarros. Pero los meados son algo perenne, apestoso, que llena de olor nuestras aceras y que empieza a ser algo más que una terrible molestia. Vamos a ver, si cada persona "normal" sacase a mear y cagar cada día a uno de sus parientes sería tildado de guarro y denunciado
ipso facto, sin embargo toleramos esto cada día y muchos piensan que es normal. Los propietarios de perros deben ser responsables de sus animales y hacer que meen y caguen en los imbornales, como marca la normativa. Joder, ¡tanto cuesta respetar a los demás!. Estamos siendo testigos de la degradación de nuestra ciudad y apenas hacemos nada. No solo somos una ciudad envejecida, pobre y en crisis, además somos una ciudad sucia, donde la mierda y meados campan a sus anchas, mientras la Casta política mira hacia otro lado. Hay problemas peores, claro, pero tampoco se resuelven, así que
poca excusa hay para seguir permitiendo que nuestros hijos caminen en unas aceras que parecen los alrededores de una letrina de la Edad Media.
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Calle en Barrio de la Luz. En esta zona mucha gentuza hace cagar a los perros en las aceras y zonas verdes y no recogen NUNCA. También se pueden ver perros de razas potencialmente peligrosas sin bozal y en muchos casos sueltos. Desde aquí se envía un mensaje a las autoridades de Valencia y Xirivella: enviad agentes de paisano para que hagan las respectivas denuncias. Si alguno de esos perros atacase a algún niño, y por la zona hay varios colegios y guarderías, podría ocurrir algo grave. |
Por cierto, para que tengáis argumentos contra esta gentuza que no respeta a los demás:
ORDENANZA MUNICIPAL
CIUDAD DE VALENCIA
SOBRE TENENCIA
DE ANIMALES
(BOP 50 de 28/2/1990)
Repercusiones en la limpieza respecto a la tenencia de animales en la vía pública.
ARTÍCULO 33
1.-Los propietarios son directamente responsables de los daños o afecciones a personas y cosas y de cualquier acción que ocasione suciedad en la vía pública producida por animales de su pertenencia.
2.-En ausencia del propietario, será responsable subsidiario la persona que condujese al animal en el momento de producirse la acción que causó la suciedad.
3.-Ante una acción que causare en la vía pública producida por un animal, los agentes municipales están facultados en todo momento para:
a)Exigir del propietario o tenedor del animal la reparación inmediata de la afección causada.
b)Retener el animal para entregarlo a las instituciones municipales correspondientes.
ARTÍCULO 34
1.-Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros u otra clase de animales por la vía pública, están obligadas a impedir que aquellos hagan sus deposiciones en cualquiera de las partes de la vía pública destinadas al paso, estancia o juegos de los ciudadanos.
2.-Por motivo de salubridad pública queda categóricamente prohibido que los animales realicen sus deyecciones o deposiciones sobre las aceras, parterres, zonas verdes, zonas terrosas y los restantes elementos de la vía pública destinados al paso, estancia o juegos de los ciudadanos.
3.-Mientras estén en la vía pública, los animales deberán hacer sus deposiciones en los lugares habilitados o expresamente autorizados por el Ayuntamiento para este fin.
4.-De no existir dichas instalaciones en las proximidades se autoriza que efectúen sus deposiciones en los imbornales de la red de alcantarillado.
5.-En caso de inevitable deposición de un animal en la vía pública y en toda la parte de ésta no expresamente señalada en los números 1 y 2 precedentes, el conductor del animal hará que éste deponga en la calzada junto al bordillo o en los alcorques de los árboles desprovistos de enrejado.
6.-En todos los casos, con excepción de los supuestos recogidos en los apartados 3 y 4 precedentes, el conductor del animal está obligado a recoger y retirar los excrementos, incluso debiendo limpiar la parte de la vía pública que hubiera sido afectada.
7.-El conductor del animal podrá, de acuerdo con lo que dispone el precedente apartado 6:
a)Librar las deposiciones de manera higiénicamente aceptable mediante la bolsa de recogida de basuras domiciliarias.
b)Depositar los excrementos dentro de bolsas impermeables perfectamente cerradas, en las papeleras y otros elementos de contención indicados por los Servicios Municipales.
c)Depositar los excrementos, sin envoltorio alguno, en los lugares habilitados para los perros o en la red de alcantarillado a través de sus imbornales.
ARTÍCULO 35
En todos los casos contemplados en los artículos anteriores, los infractores serán sancionados y en caso de reincidencia manifiesta sus animales podrán ser retenidos y puestos a disposición de las instituciones
municipales correspondientes.
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Así están nuestras aceras y apenas hay sanciones por estas guarradas. ¿Hasta cuándo no se pondrán cartas en el asunto de forma enérgica? |
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Una acera de Valencia, en cualquier momento. Como se puede ver, a un coche se lo llevó la grúa, con la correspondiente sanción, pero, ¿por qué no se pone el mismo interés en denunciar a los que destrozan nuestra ciudad y hacen que demos una imagen patética ante el turista? |